DONACIÓN Y ANONIMATO EN FECUNDACIÓN

Legislación sobre la donación y el anonimato en fecundación en España y Europa

Diferencias legales sobre la donación y el anonimato en inseminación en la Unión Europea

 

Según la última encuesta de la Sociedad Europea de Reproducción Humana y Embriología (ESHRE) realizada entre 43 países europeos, la donación de terceros es uno de los aspectos en los que existen mayores diferencias legales entre los países, de hecho, está prohibida en Alemania, Noruega, Suiza y Turquía, pero permitida en gran número de naciones.

Según los autores de la encuesta, la influencia de factores “sociales, culturales o religiosos” de los distintos países estarían tras estas variaciones en la regulación y aplicación, especialmente en lo que a tratamientos con donación de terceros se refiere.

Otro aspecto fundamental en la donación tanto de óvulos como de esperma, es el anonimato de los donantes, es una de las cuestiones en las que las diferentes legislaciones del continente presentan mayor homogeneidad.DONACIÓN Y ANONIMATO EN FECUNDACIÓN

Así, mientras que el anonimato estricto, aquel que afecta a todas las partes, está presente en 18 países, en Austria, Croacia, Finlandia, Malta, Portugal y Reino Unido, este anonimato se aplica solo a los destinatarios y los niños nacidos pueden tener acceso a la identidad de los donantes cuando superan su mayoría de edad. En el caso de España existe una salvedad a este anonimato y es ante la circunstancia de enfermedad de transmisión genética grave momento en el que, si el genetista lo considera necesario, podrá solicitarse la identidad del donante, con un claro fin de posible tratamiento/curación de la dolencia.

Por otro lado, en Alemania y Suiza, donde no se permite la donación anónima, los receptores pueden traer su propio donante para proporcionar óvulos sólo para esa pareja. Una práctica también permitida en todos los demás países. De todos modos, el anonimato ya no puede garantizarse de una manera absoluta debido al desarrollo que las pruebas de ADN han experimentado en los últimos años y la creación de enormes bancos de datos, que dificultan el control de la privacidad.

Del mismo modo, la legislación no se ha puesto al día sobre la congelación de óvulos, posible gracias a la introducción generalizada de la técnica de congelación rápida por vitrificación. Así, mientras que la congelación de óvulos y esperma para la preservación de la fertilidad por razones médicas (aquella que se realiza, por ejemplo, en mujeres afectadas por cáncer que congelan sus óvulos para poder cumplir su deseo de ser madres una vez recibido el tratamiento y superada la enfermedad) está permitida en todos los países, aunque no existe legislación específica en 17 de ellos, la congelación de óvulos no médica, la denominada “social”, no está permitida en Austria, Francia, Hungría, Lituania, Malta, Noruega, Serbia y Eslovenia, pero si es posible realizarla en Alemania y Suiza.

Según indican los autores, estas diferencias legislativas pueden favorecer, en cierta medida, el movimiento transfronterizo de pacientes que, ansiosos por cumplir su sueño de maternidad/paternidad, están dispuestos a viajar a países donde el acceso a tratamientos, posibilidad de disposición de óvulos o espermatozoides o incluso el precio, son más favorables, aunque los entornos clínicos estén menos controlados.

https://www.eshre.eu/Press-Room/Press-releases-2020/ART-in-Europe